Operativo Maza-Moix II: Velasco fuera del juzgado

Cinco magistrados de la Audiencia Nacional cuestionan la maniobra

Ernesto Elkaizer
3 min
El jutge de l'Audiència Nacional, Eloy Velasco

MadridEl Gobierno, a través del presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ y Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, quiere consumar la segunda fase de la operación Maza-Moix: sacar al juez Eloy Velasco, aprovechando su deseo de dejar la instrucción, del juzgado que instruye los casos Púnica y Lezo- o el PP Gate-y darle una plaza en la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional que empieza a andar el 1 de junio. Cinco magistrados, uno conservador y cuatro progresistas, han recurrido el pasado 21 de abril el acuerdo del CGPJ, al sacar las plazas a concurso en previsión de la maniobra de concederlas a Velasco y a Enrique López.

El olfato les decía a Ángel Hurtado, José Ricardo de Prada, Manuela Fernández de Prado, Ramón Sáez y Clara Bayarri, magistrados de la Audiencia Nacional, que se orquestaba una maniobra en el detrimento de su especialidad –la penal- por razones de alta política. Para poder recurrir los nombramientos de Velasco y López –caso de producirse según la hoja de ruta Lesmes-Catala- ante la sala tercera del Tribunal Supremo, los cinco magistrados necesitaban previamente recurrir el acuerdo del CGPJ de convocatoria de las plazas. Son tres: presidente de la Sala de Apelaciones y dos magistrados. Solo estas dos últimas han salido a concurso.

¿Por qué se movilizan estos cinco magistrados? Lo dicen en su escrito. “Los recurrentes superamos las pruebas de especialización en el orden jurisdiccional penal, convocadas por el Pleno del CGPJ por acuerdo de 30 de junio de 2011. El nombramiento como magistrados especialistas en el orden jurisdiccional penal se llevó a cabo por acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJde 19 de diciembre de 2012”. ¿Qué pasó? “Posteriormente las sentencias del Pleno de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2013 anularon la convocatoria, por no contar con la preceptiva habilitación legal. En esas sentencias se indicaba como “ello no obsta para que la superación de las mismas por los magistrados pueda ser apreciada como un mérito cualificado para su promoción en la carrera judicial, que tenga en cuenta la objetividad y rigor de las referidas pruebas”.

Se da la circunstancia de que un grupo de otros magistrados, entre los que se encuentran López y Velasco, ascendieron de jueces a la categoría de magistrados superando una oposición de “especialistas”. Tenemos entonces: magistrados que hicieron oposición para ser especialistas en lo penal –existen otras especialidades- y jueces que llegaron a ser magistrados pasando una oposición de especialidad penal. En otros términos, estos últimos llegaron por una vía más rápida. Esta situación debía ser regulada según la reforma, 21 de julio de 2015, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, disposición adicional tercera, a través de la convocatoria de “otras pruebas de especialización entre miembros de la carrera judicial”.

Los cinco magistrados denuncian que se convocan las plazas para la Sala de Apelaciones “sin que el CGPJ haya desarrollado esas pruebas, ni reconocido las ya realizadas. Sin embargo indica expresamente que se preferirá a quienes ostenten la condición de especialista, como si actualmente fuese posible la existencia de especialistas”. El recurso añade: “Ignoramos si con ello se pretende aludir a existencia de especialistas. Ignoramos si con ello se pretende aludir a quienes accedieron a la condición de magistrado mediante pruebas de selección en el orden civil y penal, pruebas que a diferencia de las que nosotros superamos no estaban previstas para acceder a la condición de especialistas, no permitían el acceso a quienes ya ostentaban la condición de magistrados, y, en cualquier caso están incursas en el mismo defecto de falta de previsión legal”.

¿Quería Lesmes tener el recurso para usar cuando lo necesitase? Blanco y en botella. A la Sala de Apelaciones irán los recursos contra las sentencias dictadas en los casos que empezaron a investigarse en sede judicial en 2015. Es decir ni Gürtel ni Púnica, que son anteriores. Pero sí la Operación Lezo que entró en el juzgado 6 después de la aprobación de la Sala de Apelaciones. En caso de que Velasco vaya a esta sala, dos cosas relevantes: ¿quién le sustituirá en el juzgado? y, claro, deberá abstenerse por haber instruido parte dell caso Lezo. Buen negocio para el PP.

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